Tensive , 1L
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ALQUIL POLIGLICOL 20% p/v. SL
Éter de alquil poliglicol.
Tensioactivo no iónico de poder mojante 2 como concentrado soluble.
Nº Registro: 25.141
DOSIS MOJANTE NO IONICO:
Todas las especies vegetales: como coadyuvante, hasta 50 cc/hl para insecticidas y fungicidas y hasta 300 cc/hl para herbicidas.
Dosis de hasta 0,05% para insecticidas y fungicidas y hasta el 0,3% para herbicidas.
PS: NP.
Cómo se usa el tensioactivo?
Adicionar a los caldos fitosanitarios pulverizables cuando por las características de las plantas o del plaguicida a utilizar sea necesario aumentar el poder mojante de los caldos fitosanitarios y aumentar su persistencia. Así ocurre con los caldos fitosanitarios que deban ser aplicados sobre cultivos con cutícula cérea (ajo, cebolla, col, etc.) o en el control de plagas protegidas (cochinillas), aleiródidos (moscas blancas), áfidos (pulgón lanígero), etc. y enfermedades producidas por hongos difícilmente mojables (oídios, etc.).
Condicionamientos fitoterapeúticos:
Generales :
Adicionar a los caldos fitosanitarios pulverizables, cuando por las características de las plantas o del plaguicida a utilizar sea necesario aumentar el poder mojante de los caldos fitosanitarios y aumentar su persistencia. En la etiqueta se advertirá que se trata de un tensoactivo no iónico cuyo poder mojante aproximado es 2, y de sus posibles incompatibilidades, como la inducción de fitotoxicidad u otras.
Ecotoxicología:
Mamíferos A. Aves A. Peces B. Deberán observarse precauciones para evitar la contaminación de aguas por la relativa peligrosidad del producto para la fauna acuícola.
Es obligatorio enjuagar enérgicamente tres veces, o mediante dispositivo de presión, cada envase de producto que se vacíe al preparar la dilución y verter las aguas al depósito del pulverizador. Indicar en la etiqueta la obligación de entregar los envases vacíos a un gestor autorizado de residuos clasificados y peligrosos así como las opciones alternativas que el titular está obligado a ofrecer, conforme a lo establecido en el R.D. 1416/2001, de entregarlos directamente al sistema integrado de gestión al que esté adherido o al propio, de depósito, devolución y retorno, a través del punto de venta donde el usuario lo adquiera.
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